Análisis crítico del proyecto de ley de libertad religiosa, creación de registros, etc
Por Dr. Ciro Annicchiarico
Inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final - fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación - Análisis del voto del Juez Dr. Juan Carlos Maqueda
Por Dr. Ciro Annicchiarico

 

  Derechos Humanos  
  El Estudio Jurídico A & A - Annicchiarico y Asociados brinda asesoramiento y apoyo en derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos.

La República Argentina ha ingresado de plano en una dimensión jurídica global, que comenzó a transformar profundamente su perspectiva en la visión del derecho y consecuentemente de los instrumentos y procedimientos disponibles para la resolución de los conflictos jurídicos, en particular aquellos relacionados con la violación de los derechos humanos. La concepción casi aldeana para el abordaje de nuestros asuntos, característica del Siglo XX, es historia indiscutiblemente.

En general, y particularmente en materia de derechos humanos, tanto los estados como los ciudadanos están cada vez más inmersos en una realidad mundial que avanza hacia lo que muchos especialistas vislumbran como federalismo mundial. Es decir, desde una ya irreversible experiencia de regionalización, de consolidación de organismos regionales para la toma de decisiones y resolución de conflictos, tanto políticos como propios de la administración de justicia, se advierte que marchamos hacia un futuro no muy lejano en el que se consolidarán también organismos equivalentes de incidencia mundial. No puede negarse el peso que tienen hoy organismos políticos regionales como la OEA, la Unión Europea, la Unión Africana recientemente creada, y como organismos judiciales el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Africano de Derechos Humanos. Con una proyección mundial existen desde hace años la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Internacional de Justicia. El punto más alto al que recientemente se ha llegado, es al establecimiento y vigencia de la Corte Penal Internacional derivada del Estatuto de Roma, Convención internacional aprobada el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas. Es evidente que el derecho dejó de ser, solamente, lo que dicen nuestros jueces.

La República Argentina firmó y ratificó los tratados internacionales más importantes sobre derechos humanos, que tienen una incidencia inequívoca en materia de seguridad y de derecho penal. Y desde la Reforma de la Constitución Nacional en 1994, que les dio a esos tratados jerarquía constitucional, esa incidencia es incuestionable.

Los ciudadanos hoy, en el reclamo de justicia, pueden ir más allá de los superiores tribunales provinciales y más allá también de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones violen las leyes y los tratados, independientemente de fallos locales o nacionales que puedan beneficiarlos, en muchos casos han de verse requeridos como consecuencia de la intervención de organismos y tribunales internacionales. Frente a éstos la posibilidad de lobby, negociación o componenda es enormemente improbable.

Esta realidad hace que cobre gran importancia el conocimiento de los instrumentos internacionales que nos rigen, que reglan hoy plenamente las relaciones en el plano regional y mundial, y los organismos y tribunales internacionales competentes a los que recurrir en búsqueda de la justicia que se considere localmente negada. Para los funcionarios, por su parte, se advierte la superlativa importancia de conocer con precisión cómo ajustar sus actuaciones a la normativa internacional incorporada a nuestro derecho interno, de modo que en el ejercicio de las respectivas funciones exista un adecuado ajuste evitándose el reclamo desde las competencias internacionales.

Por último, para los hombres del derecho resulta inexcusable su adecuada preparación en el conocimiento de este amplio universo jurídico que definitivamente ha llegado. El marco normativo internacional y local, las reservas y presentaciones ante los organismos internacionales, el seguimiento de los casos, son aspectos del derecho que deberemos incorporar, definitivamente, en nuestra agenda diaria.

Consúltenos la situación que lo preocupa.